Permite la navegación entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a 150 millas náuticas de distancia.
Requisitos para la obtención del título según el Real decreto 875/2014 de 10 de octubre:
- Estar en posesión del título de Patrón de embarcaciones de recreo (PER)
- Para obtener el título habilitado a vela se tienen que realizar las practicas de vela del título de PER o en su defecto, teniendo el título de PER habilitado a vela, se convalidará el Patrón de Yate automáticamente a vela.
- Realizar el curso de Radio operador de corto alcance de 12 horas de duración, excepto si ya se ha realizado para la obtención del PER